Preguntas y Respuestas con Ángel

Preguntas y Respuestas con Ángel

Por Ángel Marín Díaz

 

Dianne de San Francisco CA. 

 

Hola Ángel, mi pregunta es si estoy alquilando mi casa aquí en México ¿tengo que pagar impuestos sobre los ingresos por alquiler, y si es así tengo que pagar de nuevo en USA? 

 

AMD – Hola Dianne, 

 

La respuesta rápida es sí a los impuestos mexicanos. Sin embargo, me gustaría detallar que hay nuevas leyes de impuestos (municipales) vigentes a partir de 2019 para aquellas personas que alquilan a través de plataformas como Air B&B, Bookings.com etc. estos impuestos se aplican a alquileres que promedian menos de treinta días. También hay permisos requeridos que para ser obtenidos debe mostrar prueba de seguro de responsabilidad. En cuanto a los alquileres a largo plazo (más de treinta días), los impuestos también deben pagarse, pero en un tramo diferente. En cuanto a la doble imposición, está prohibida por mutuo acuerdo entre países. Primero paga su parte proporcional a los impuestos e ingresos mexicanos (SAT), así como a los impuestos municipales y estatales, luego puede usar su declaración de impuestos mexicana para presentar sus impuestos de EE. UU por ingresos obtenidos en el extranjero. 

 

Asegúrese de tener un Contador Fiscal que sea diferente a un CPA (Contador) ya que un abogado contable fiscal estará al día en todas las reformas tributarias que hemos experimentado desde que López Obrador asumió la presidencia. Esto asegurará declaraciones debidamente presentadas y evitará multas potencialmente altas, así como intereses sobre declaraciones presentadas incorrectamente. 

 

Rick de Santa Bárbara, CA. 

 

Ángel Compré una propiedad en el último trimestre de 2020, una corredora de bienes raíces local ejecutó el cierre de la compra de la casa aquí en San Miguel Allende. Me sorprendieron los costos de cierre incurridos como comprador (6.5%). ¿Esto es normal? 

 

AMD – Hola Rick, 

 

La ciudad de SMA instituyó una transmisión del impuesto a la propiedad inmueble llamada Artículo 7, que es un impuesto de escala móvil para la venta de una propiedad que se cobra al ¨comprador¨. 

 

El impuesto comienza en el 2% para una casa con un valor de tasación de $ 25,000. USD y se desliza hasta el 4% por cualquier venta de propiedad que exceda los $ 75,000. USD. Esto quiere decir que pagaste 2.5% en honorarios legales y notariales que si bien en Inmtec Legal Services nunca pasamos el 6% también hacemos mucho volumen en cierres, por lo que no me sentiría “timado” o aprovechado por el medio punto que pagaste arriba. Además, debo mencionar que los ¨compradores¨ de Cancún están pagando el 8% y en Los Cabos hasta el 10%. 

Gracias a todos por sus preguntas esta semana, para obtener información más específica sobre compras de bienes raíces, planificación fiscal para costos de cierre y ISR, impuestos sobre el alquiler, así como todos los servicios notariales, comuníquese con el autor: Ángel Marín Díaz en info@inmtec.net 415 121 9005 y 754 107 0163