Las obligaciones del traslado de dominio de los bienes

Las obligaciones del traslado de dominio de los bienes

Por Ángel Marín Díaz

 

Como ya hemos dicho los bienes, ya sean muebles, inmuebles o derechos industriales y/o intelectuales pueden ser aprovechados por quien tiene sobre estos un título de propiedad, siendo el más común de los provechos “la compra-venta”, así como, “el arrendamiento”. 

 

Pues bien, de estos dos actos nacen obligaciones para la partes que intervienen en dichas circunstancias, en el caso de la compra-venta, la persona quien vende cualquier bien tiene el deber de pagar al Gobierno impuestos, porque esa situación es un acto comercial, los cuales se calculan dependiendo de las ganancias obtenidas como resultado de la venta, ya que regularmente alguien compra a un precio bajo para después vender a un precio más alto, consiguiendo así un beneficio, y si éste es económico es por lo que el Gobierno exige un contribución para sus finanzas.

 

Pasa lo mismo con quien obtiene una ganancia por dar en renta un bien de su propiedad o de la propiedad de otro; es cierto que en la vida real la mayoría de las personas tratan de reducir lo más posible el pago de impuestos, pero en todos los actos de comercio en los que existe al final un beneficio económico para una de las partes, deben sujetarse a la obligación de contribuir al capital de la hacienda pública con una parte de dichas ganancias.

 

Por otro lado, quien compra corre con la misma suerte, pues la adquisición de un bien o un servicio, provoca que sea conocido por la sociedad que, dicha persona cuenta con fondos económicos para satisfacer necesidades y/o gustos, lo que obviamente hace pensar a la tesorería pública que la persona tiene una manera de obtener ingresos económicos, lo que lo coloca en una situación de igualdad ante toda la población, y deberá pagar impuestos como todos lo demás.

 

Los impuestos por la venta de un bien, por la prestación de un servicio, o por el contrario la compra, o la satisfacción de un servicio otorgado, son amplios y variados, y no sea aplican en todos los casos, pudiendo ser Federales, Estatales y Municipales, depende del acto de comercio que se vaya a realizar por la personas interesadas, a veces pueden a varias autoridades financieras, pues cada nivel de gobierno cuenta con su recursos propios, lo cuales de acuerdo a la gente que se encuentre dentro de su territorio deberá de pagar las contribuciones impuestas.

 

Gracias a todos por sus preguntas esta semana, para preguntas más específicas o información sobre el tema, u otros temas, comuníquese con Ángel Marín Díaz en info@inmtec.net.