Se entregarían los parques a la sociedad

El ayuntamiento prepara el reglamento para que dos patronatos, se hagan cargo del Parque Juárez, y Zeferino—uno por espacio. Estos grupos, trabajarían en reglas de operación para los espacios, y tendrían que generar recursos para el mantenimiento de los lugares—amén de los entregados por autoridades locales, estatales, o federales. 

El documento, iniciativa, fue aprobado por los miembros del ayuntamiento el 29 de mayo, sin embargo debe ser revisado por las distintas comisiones; y una vez listo, debe ser aprobado o rechazado por los miembros del cabildo. 

En la iniciativa, se establece que los patronatos se integrarán por siete miembros—más un suplente por integrante—tres de los integrantes deben ser funcionarios públicos (titular de la Tesorería, Medio Ambiente, y del Instituto Municipal de Planeación. En cuanto a los ciudadanos, serían cuatro miembros. La convocatoria se publicaría una vez que el reglamento sea aprobado, se publique en el Periódico Oficial del Estado, y entre en vigor. 

Los ciudadanos deben estar limpios de antecedentes penales, no deben ser ministros de culto, o funcionarios del gobierno. Deben tener conocimientos de administración y experiencia, y tener un plan para el funcionamiento del parque. 

El ayuntamiento elegiría a los cuatro “mejores” prospectos, que estarían en su cargo por tres años. 

El documento—iniciativa—con cuatro capítulos y 18 artículos, indica que las atribuciones que tendrían los patronatos serían (entre otras): 

Artículo 6. Para el cumplimiento de sus fines, los Patronatos tendrán las siguientes atribuciones:

  1. Administrar, conservar, vigilar, ampliar y mejorar de manera permanente el patrimonio del Patronato, así como los bienes que estén bajo su custodia;
  2. Proponer, promover, dirigir y realizar eventos, actividades, obras y proyectos encaminados a fomentar e impulsar la preservación de las infraestructuras existentes, del medio ambiente, la cultura, el deporte, de la recreación, entre otras actividades, de los parques conforme a los montos presupuestales disponibles.
  3. Promover y difundir el uso de los parques, así como las diferentes actividades que en los mismos se realicen;
  4. Establecer las reglas específicas de funcionamiento y uso de sus instalaciones de conformidad con los reglamentos municipales y las leyes aplicables;
  5. Emitir y aprobar el Plan de Manejo Integral del Parque;
  6. Fomentar visitas escolares conforme a las políticas y programas que apruebe su Consejo;
  7. Tramitar, obtener y conceder permisos y autorizaciones; celebrar contratos y toda clase de actos jurídicos, otorgar concesiones en términos de la legislación aplicable y suscribir todos los actos jurídicos necesarios para el cumplimiento de sus fines; 
  8. Recibir aportaciones y donaciones de personas o instituciones públicas o privadas para el cumplimiento de su objeto;
  9. Gestionar recursos ante dependencias y entidades gubernamentales y organizaciones no gubernamentales nacionales o internacionales afines a su objeto; y
  10. Ordenar las auditorías externas que se estimen necesarias;
  11. Las demás que le otorguen las leyes y reglamentos aplicables.